Diana Ramos, Presidenta de la ELA de Bobadilla Estación, en un comunicado pide Prudencia y Responsabilidad a los vecinos ante la amenaza del covid-19. 2/10/2020

Viendo el comportamiento del COVID-19 en pueblos cercanos a la ELA de Bobadilla Estación. Diana Ramos Pide Prudencia, Responsabilidad y solicita que todos sus vecinos de Bobadilla Estación, se impliquen en frenar la proliferación del COVID-19.

“Tengamos especial cuidado con el contagio, pues el COVID-19, es una amenaza real y cierta”

ANUNCIO DE PRESIDENCIA

A partir de las 8.00 a.m. del miércoles 30 de septiembre han entrado en vigor las nuevas medidas y reforzamiento de las ya existentes adoptadas por la JUNTA DE ANDALUCÍA en virtud de Orden de 29 de septiembre de 2020, todo ello con el objeto de salvaguardar la salud pública y asegurar, en la medida de lo posible, la contención de la COVID-19. Dichas medidas, en principio, serán de aplicación en aquellas localidades con alto índice de incidencia por el virus.

Sin embargo, recuerdo que nos encontramos en un radio de proximidad a alguno de estos municipios especialmente castigados por la ‘pandemia’ (Sierra de Yeguas, Villanueva de la Concepción, Casariche, etc.) donde se están adoptando ya duras medidas de restricción a la movilidad que vienen impuestas a nivel autonómico. Las tasas de incidencia de la COVID-19 en dichos núcleos se han disparado y las autoridades locales poco están pudiendo hacer al respecto más que llamar al auto-confinamiento de la población.

Llegados a este punto, debo llamar nuevamente a la PRUDENCIA de la población y a la RESPONSABILIDAD de todos los vecinos de Bobadilla-Estación en tanto que, con independencia de las acciones que puedan llevar a cabo las autoridades sanitarias, continúa en nuestra mano y en nuestra conducta cotidiana la posibilidad real de frenar los contagios.

Por lo tanto la amenaza es real y cierta.

En este sentido, los contagios en pueblos pequeños, como el nuestro, se están produciendo por el alto contacto familiar y por la relajación de las medidas a nivel doméstico.

Por eso estimo que ahora es el momento para recalcar la importancia de blindar nuestro pueblo ante esta enfermedad de pronóstico incierto y preocupante especialmente para nuestros mayores.

Hemos de restringir nuestros contactos a unidades convivientes en la medida de lo posible, guardar las distancias en los establecimientos, usar siempre la mascarilla y evitar por todos los medios aglomeraciones de personas.

Agradecida de antemano por vuestra comprensión, ruego la observancia y cumplimiento estricto de las normas vigentes.

En Bobadilla-Estación, a uno de octubre de 2020.

La Presidenta,

Fdo.: Diana Ramos Jaquet.

NORMAS ORDEN DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Las medidas específicas preventivas son las siguientes:

a) No se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial.

b) La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes.

La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

c) Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.

d) Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra.

Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

e) Se dispone el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.

f) En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

g) No se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.

h) Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

i) Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la Orden de 19 de junio de 2020, de medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al cincuenta por ciento, salvo que tuvieran previsto uno inferior.

j) Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.

k) Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas, aforos, etc.