La ELA de Bobadilla Estación , NO tendrá que regirse por las franjas horarias de municipios mayores de 5.000 habitantes, para pasear y hacer deporte, decretadas por el gobierno, a partir de mañana 2 de mayo, al ser su población menor de 5000 habitantes, las actividades se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas. (1/05/2020)

Según el orden publicada en el Boletín Oficial del Estado del Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En su pagina 4 Artículo 5. Franjas horarias, sección 2 hace referencia a los Municipios o Entes de ámbito territorial inferior a 5000 habitantes, en la cual quedaría reflejada la ELA de Bobadilla Estación, según indica este articulo…

“Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas”.

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